Proyecto de modificación de la Ley de Auditoría de Cuentas
El Consejo de Ministros del 13 de agosto de 2009 ha recibido un Informe del Ministerio de Economía y Hacienda sobre el Anteproyecto que modificará la Ley de Auditoría de Cuentas de 1988 para adaptarla a las exigencias establecidas por la Directiva comunitaria de 17 de mayo de 2006.
Esta Directiva establece un serie de parámetros en orden a:
– reforzar la independencia de las firmas de auditoría respecto de sus clientes: (1) obligación del auditor o firma de auditoría de promover a nivel interno medidas de salvaguardia para detectar, evaluar y, en su caso, eliminar los factores que comprometan su independencia respecto de los clientes a los que presta servicio y (2) delimitando los supuestos de incompatibilidad en los que el auditor deberá abstenerse de actuar.
– apuntalar el sistema público de supervisión y control de calidad, funciones que será asumidas por el ICAC. Se introduce además un nuevo procedimiento de auditoría, el de entidades de interés público, que será de obligatoria aplicación a las sociedades sometidas al régimen de supervisión del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y, en todo caso, a las que tengan un importe neto de cifra de negocios superior a cincuenta millones de euros.
– clarificar el régimen de responsabilidades de los profesionales en relación a los estados financieros de las empresas que auditen. Se establece el principio de que sólo responderán por los daños que les sean directamente imputables y la responsabilidad sólo será solidaria si no puede individualizarse la causa de los daños y perjuicios o quedase debidamente probada la concurrencia de responsabilidades.
Además, también se mejorarán ciertas deficiencias técnicas de que adolece la ley a día de hoy como consecuencia de su antigüedad.


Bitácoras Jurídicas
Plataforma Clases Medias













